El pasado 2 de septiembre, se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México un decreto clave que reforma el inciso a), numeral 2 del Artículo 3 de la Constitución Política de la Ciudad de México. El objetivo de esta reforma es garantizar que el respeto a la propiedad privada esté alineado con lo establecido en el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), bajo los principios rectores que rigen la constitución local.
El artículo 27 de la CPEUM es uno de los pilares más importantes en la protección de la propiedad privada en México, estableciendo que la propiedad de las tierras y aguas corresponde originalmente a la Nación, que, a su vez, tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, formando así el concepto de propiedad privada. Sin embargo, este derecho está sujeto a limitaciones como la expropiación por causa de utilidad pública, siempre y cuando se realice mediante indemnización.
La reforma a la Constitución de la Ciudad de México es una respuesta a las discrepancias que existían previamente entre la constitución local y la federal. Anteriormente, el texto de la CPCDMX omitía mencionar la propiedad privada dentro…