El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito determinó que la orden de visita domiciliaria emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está directamente vinculada con el procedimiento de revisión de los dictámenes financieros realizados por contadores públicos certificados. Esta decisión establece que, aunque sean procedimientos fiscalizadores distintos, ambos están interrelacionados dentro del marco legal.
De acuerdo con la jurisprudencia establecida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis 2a./J. 19/2010, las etapas del procedimiento de comprobación son claras y secuenciales. En primer lugar, el IMSS, como organismo fiscal autónomo, tiene la facultad de ordenar visitas domiciliarias y solicitar documentación que permita comprobar el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social. Las empresas con más de 300 trabajadores promedio anual están obligadas a dictaminar sus estados financieros a través de un contador público autorizado. Aquellas que no cumplen este criterio también pueden optar por este procedimiento voluntariamente.
La revisión de un dictamen financiero genera una presunción de veracidad sobre la información presentada. Sin embargo, esta presunción puede ser cuestionada si el IMSS detecta irregularidades durante el proceso de revisión. En tales casos, el organismo notifica a la persona contadora y…