Manifiesto Único de Carga Ferroviaria: Su Valor Probatorio en el Comercio Exterior

La información transmitida por transporte ferroviario en la Ventanilla Digital tiene valor probatorio pleno según la Ley Aduanera y las reglas de comercio exterior.

La transmisión digital de datos ferroviarios garantiza su validez y valor probatorio pleno en comercio exterior.

El Manifiesto Único de Carga Ferroviaria, establecido en la Ley Aduanera, constituye una herramienta fundamental para el comercio exterior. Conforme a los artículos 11 y 20, fracción VII, de esta ley, así como al artículo 33 de su Reglamento y la Regla 1.9.11 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019 y 2020, las empresas concesionarias de transporte ferroviario están obligadas a transmitir, a través de la Ventanilla Digital, la información detallada de las mercancías que ingresan o salen del territorio nacional, junto con los datos del medio de transporte utilizado.

Además, los Lineamientos Técnicos para el Despacho de Mercancías de Comercio Exterior por Medio de Transporte Ferroviario especifican los procedimientos y las especificaciones tecnológicas que deben seguir tanto las empresas ferroviarias como los agentes aduanales, representantes legales acreditados y apoderados aduanales. Estas disposiciones aseguran que toda la información y documentación transmitida sea confiable y esté validada por medios electrónicos, como la firma electrónica avanzada, el sello digital o cualquier otro medio de identificación tecnológica reconocido.

De acuerdo con el artículo 6° de la Ley Aduanera, la información y documentación generada bajo estas condiciones tiene valor probatorio pleno. Esto significa que las autoridades aduaneras pueden confiar plenamente en los datos transmitidos a través de la Ventanilla Digital, ya que se presume su autenticidad, integridad y cumplimiento con las normas legales.

La resolución del Juicio Contencioso Administrativo Núm. 532/23-EC2-01-7/242/24-S2-09-04, dictada por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa en septiembre de 2024, reafirmó este criterio. En dicha resolución, se destacó que la documentación transmitida electrónicamente no solo facilita el despacho aduanero, sino que también fortalece la seguridad jurídica de las operaciones de comercio exterior.

Este enfoque refuerza la importancia de la digitalización en los procesos aduaneros, no solo para garantizar la agilidad y eficiencia en las operaciones comerciales, sino también para consolidar un marco de confianza y certeza jurídica entre los actores del comercio exterior y las autoridades.

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