Diferencias Clave en la Motivación de Resoluciones Según el Artículo 63 del CFF

El artículo 63 del Código Fiscal establece lineamientos distintos para las resoluciones basadas en datos de la autoridad fiscalizadora y aquellas sustentadas en información de otras autoridades.

La distinción entre los párrafos del artículo 63 del Código Fiscal garantiza derechos de audiencia y seguridad jurídica para los contribuyentes.

El artículo 63 del Código Fiscal de la Federación establece la obligación de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y otras autoridades fiscales de motivar adecuadamente las resoluciones emitidas en el ejercicio de sus facultades de comprobación. Este artículo, estructurado en dos párrafos, diferencia entre las fuentes de información utilizadas para sustentar dichas resoluciones, asegurando el respeto a los derechos de audiencia y seguridad jurídica de los contribuyentes, como lo prevé el artículo 16 constitucional.

El primer párrafo se refiere a los datos que obran en los expedientes, documentos o bases de datos que la autoridad fiscalizadora tiene en su poder. Esta información es generada por el propio contribuyente al cumplir con sus obligaciones fiscales. Por este motivo, no se exige otorgar un plazo adicional para que el contribuyente se pronuncie, ya que los datos utilizados derivan directamente de su actividad registrada.

En contraste, el segundo párrafo contempla información proporcionada por otras autoridades que no son fiscales. En estos casos, el artículo 63 establece que la autoridad debe notificar al contribuyente sobre dicha información y otorgarle un plazo de quince días para que manifieste lo que a su derecho convenga y presente las pruebas necesarias. Esta disposición…

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