Procedimiento Ágil Para Verificar Mercancías de Procedencia ExtranjeraEl artículo 42 del Código Fiscal de la Federación establece un proceso efectivo para combatir la informalidad y el contrabando.
Proceso ágil para verificar mercancías extranjeras y combatir el contrabando.

El artículo 42, fracción V, inciso e) del Código Fiscal de la Federación faculta a las autoridades para realizar un procedimiento específico destinado a verificar la legal estancia en el país de mercancías de procedencia extranjera, cuyo desarrollo se detalla en el artículo 49 del mismo ordenamiento. Este procedimiento fue implementado mediante la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1999, y su principal objetivo es combatir actividades ilícitas relacionadas con la informalidad, el contrabando, la piratería y la venta de mercancía robada. Estas prácticas generan una competencia desleal y afectan negativamente al comercio formal.
El procedimiento es descrito como ágil y eficaz, lo que permite su aplicación en puestos fijos, semifijos, bodegas y otros lugares donde se almacenen o comercialicen mercancías extranjeras. Sin embargo, es importante señalar que este proceso no tiene como objetivo evaluar el cumplimiento integral de las disposiciones fiscales y aduaneras, tales como los impuestos generales de importación, el IVA, los derechos de trámite aduanero o las cuotas compensatorias. Para dichas verificaciones más extensas y detalladas, el Código Fiscal de la Federación contempla facultades generales, como las descritas en la fracción III del artículo 42.
El alcance de este procedimiento se centra exclusivamente en constatar la legal tenencia de las mercancías, contribuyendo de manera directa a la formalización del comercio y al combate de actividades ilegales que perjudican la economía formal del país. Esta herramienta legal permite a las autoridades actuar de manera puntual y eficiente para evitar que la informalidad y el contrabando sigan afectando al comercio establecido.





