El artículo 42, fracción V, inciso e) del Código Fiscal de la Federación faculta a las autoridades para realizar un procedimiento específico destinado a verificar la legal estancia en el país de mercancías de procedencia extranjera, cuyo desarrollo se detalla en el artículo 49 del mismo ordenamiento. Este procedimiento fue implementado mediante la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1999, y su principal objetivo es combatir actividades ilícitas relacionadas con la informalidad, el contrabando, la piratería y la venta de mercancía robada. Estas prácticas generan una competencia desleal y afectan negativamente al comercio formal.
El procedimiento es descrito como ágil y eficaz, lo que permite su aplicación en puestos fijos, semifijos, bodegas y otros lugares donde se almacenen o comercialicen mercancías extranjeras. Sin embargo, es importante señalar que este proceso no tiene como objetivo evaluar el cumplimiento integral de las disposiciones fiscales y aduaneras, tales como los impuestos generales de importación, el IVA, los derechos de trámite aduanero o las cuotas compensatorias. Para dichas verificaciones más extensas y detalladas, el Código Fiscal de la Federación contempla facultades generales, como las descritas en la fracción III del artículo 42…