La Regla 13.3 de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020 fue emitida para suspender el cómputo de plazos y términos legales debido a la emergencia sanitaria por el COVID-19. Sin embargo, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que esta regla no puede aplicarse en casos donde el plazo ya estaba suspendido por una causa legal diversa.
El caso analizado involucró una revisión de gabinete cuyo plazo máximo era de 12 meses. Durante este procedimiento, se registraron dos períodos de suspensión: el primero, del 29 de noviembre de 2019 al 29 de mayo de 2020, fundamentado en el artículo 46-A, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, y el segundo, del 4 al 29 de mayo de 2020, basado en la Regla 13.3. La autoridad fiscal añadió 26 días naturales al plazo máximo, argumentando que la Regla 13.3 permitía esta extensión. Sin embargo, el Tribunal concluyó que no era posible aplicar dicha regla debido a que el plazo ya se encontraba suspendido por una causa legal previa.
La Regla 13.3 estableció que los plazos comprendidos entre el 4 y el 29 de mayo de 2020 serían suspendidos y que, para los plazos…