El 30 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el límite de ingresos anuales que las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) podrán generar durante 2025, fijado en 7 millones 398 mil 448.74 pesos. Este ajuste está diseñado para responder a las necesidades actuales de las pequeñas y medianas empresas (PyMES), garantizando su integración en el marco legal y su capacidad de competir en el mercado formal.
De acuerdo con el Artículo 260 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), las SAS que excedan este límite de ingresos deberán transformarse en otra figura societaria. Este proceso requiere la intervención de un notario o corredor público y el cumplimiento de diversas disposiciones legales, como la actualización de registros y ajustes administrativos necesarios.
El modelo de las SAS destaca por su flexibilidad y facilidad de constitución a través del Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM). Este esquema elimina la necesidad de trámites presenciales o escrituras públicas, simplificando el inicio de operaciones para emprendedores. Sin embargo, aquellas SAS que opten por transformarse deben cumplir con todas las normativas que aplican a las sociedades anónimas y otras figuras reguladas por la LGSM.
Para las empresas que…