A partir del 6 de febrero de 2025, entran en vigor las reglas de carácter general establecidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social para afiliar a las personas mexicanas repatriadas de Estados Unidos y a sus beneficiarios. Estas disposiciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación, responden al decreto que las incorpora al régimen obligatorio del Seguro Social, garantizando su acceso a prestaciones en especie dentro del seguro de enfermedades y maternidad.
El procedimiento de afiliación contempla la participación del Instituto Nacional de Migración (INM), del IMSS y de los repatriados, con el fin de agilizar su incorporación al sistema de seguridad social. El INM será el encargado de registrar a los connacionales, obteniendo un número de registro patronal a nivel nacional y proporcionando al IMSS la Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada persona repatriada. Asimismo, transmitirá los avisos de alta y mantendrá un registro de los beneficiarios inscritos en el seguro de enfermedades y maternidad.
Por su parte, el IMSS gestionará la afiliación de los repatriados, asignando los números de seguridad social (NSS) y habilitando sus plataformas digitales para facilitar la generación y localización de estos datos. Los connacionales podrán realizar este trámite a…