A partir del 1 de enero de 2025, las estaciones de servicio en México están obligadas a cumplir con los controles volumétricos establecidos por el Servicio de Administración Tributaria. Sin embargo, la falta de cumplimiento ha llevado a que al menos dos de cada diez gasolineras enfrenten sanciones económicas de hasta 1.5 millones de pesos.
El incumplimiento se relaciona con el Trámite 283/CFF, que exige demostrar la correcta operación de equipos y programas informáticos bajo el marco del Anexo 30. Para cumplir con esta normativa, las estaciones de servicio debían presentar a más tardar el 31 de diciembre de 2024 un certificado de correcta operación, junto con un dictamen de calidad de combustibles y la acreditación de la adquisición de programas y equipos informáticos. Sin embargo, el SAT ha identificado que sólo 2 de cada 10 gasolineras cumplieron con esta obligación en tiempo y forma.
Además, los recientes cambios institucionales han generado aún mayor incertidumbre. Con la publicación del Acuerdo A/023/2025 en el Diario Oficial de la Federación, las funciones de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) fueron suspendidas y trasladadas a la Comisión Nacional de Energía (CNE). Este cambio, junto con las modificaciones…