El 7 de abril de 2025 se publicó oficialmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para el ejercicio fiscal 2025, junto con las actualizaciones a los Anexos 1, 2, 19 y 22. Esta reforma incorpora ajustes relevantes que impactan directamente a importadores, exportadores, empresas de mensajería y autoridades aduaneras.
Uno de los cambios más significativos se relaciona con el registro de cuentas bancarias para pagos en comercio exterior, donde la ficha de trámite 23/LA fue modificada para canalizar los avisos de cambio ante la Dirección General de Investigación Aduanera (DGIA), eliminando la intervención de la Dirección General Jurídica de Aduanas (DGJA) y suprimiendo la obligación de realizar el aviso dentro de los 15 días siguientes.
En materia de devolución de contraprestaciones, la autoridad competente pasa a ser la Unidad de Administración y Finanzas de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), que deberá determinar los montos y cuentas bancarias a las cuales deberán efectuarse las devoluciones, en los casos en que las contraprestaciones concentradas no hayan sido transferidas al fideicomiso 80386.
Se realizaron también ajustes importantes en el despacho simplificado para empresas…