Contabilidad Electrónica SAT 2025: Obligaciones, Fundamento Legal Y Sujetos Requeridos

La obligación de llevar contabilidad electrónica persiste como uno de los ejes clave del SAT para fiscalizar a los contribuyentes. Conoce qué implica, quiénes deben cumplirla y el marco legal aplicable.

La contabilidad electrónica permite al SAT fiscalizar en tiempo real a través de medios digitales.

La contabilidad electrónica es una herramienta fundamental para la fiscalización en México. Desde su introducción, ha transformado la forma en que los contribuyentes deben registrar, conservar y reportar su información financiera. Conforme al Artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deben hacerlo mediante sistemas electrónicos que cumplan con las disposiciones técnicas emitidas por el SAT.

El objetivo central de esta disposición es permitir que la autoridad fiscal tenga acceso eficiente, estructurado y oportuno a la información contable de los contribuyentes, facilitando la detección de inconsistencias y la ejecución de auditorías con mayor precisión.

El mismo artículo establece que dicha contabilidad deberá presentarse al SAT en los plazos y formatos definidos en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF). Los elementos mínimos que integran la contabilidad incluyen: libros contables, papeles de trabajo, estados financieros, inventarios, métodos de valuación y archivos electrónicos con los registros y pólizas contables, conforme al Artículo 33 del Reglamento del CFF (RCFF).

¿Quiénes están obligados?
De forma general, todas las personas morales están sujetas al cumplimiento de esta obligación. En el caso de las personas físicas, están obligadas aquellas que:

  • Obtienen ingresos por actividades empresariales o profesionales.
  • Superan el umbral de ingresos señalado por la RMF (por ejemplo, más de 2 millones de pesos en el ejercicio anterior).
  • Perciben ingresos por arrendamiento, salvo si utilizan la plataforma “Mis Cuentas”.

También existen facilidades para ciertos regímenes, como el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y contribuyentes que usan “Mis Cuentas”, quienes pueden estar exceptuados del envío mensual en formato XML, siempre que cumplan con requisitos específicos.

El incumplimiento de esta obligación no solo implica la posible imposición de multas previstas en los artículos 81 y 82 del CFF, sino también repercusiones operativas, como una opinión de cumplimiento negativa, la imposibilidad de facturar o incluso la restricción de los certificados de sello digital.

En la actualidad, la vigilancia sobre esta obligación ha aumentado, con avisos y exhortos enviados vía Buzón Tributario, lo que evidencia una fiscalización más activa por parte del SAT. Por ello, conocer con precisión el alcance de esta obligación y verificar si se está en el supuesto de cumplimiento es esencial para evitar contingencias fiscales.

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