Temu Se Une Al Padrón Del SAT De Plataformas Digitales Registradas

El SAT actualizó el listado de plataformas digitales inscritas en el RFC, destacando la incorporación de Temu y otras siete empresas extranjeras que ahora deben cobrar y enterar IVA en México conforme a la Ley del IVA y las reglas misceláneas vigentes.

Temu y otras empresas se suman a las plataformas digitales obligadas a trasladar IVA en México.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó el 25 de julio de 2025 una nueva versión del padrón de prestadores de servicios digitales inscritos en el RFC, conforme al artículo 18-D de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) y la regla 12.1.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal. Este padrón, que se actualiza bimestralmente, incluye empresas extranjeras que ofrecen servicios a usuarios en México y están obligadas a trasladar y enterar IVA por dichas operaciones.

En esta ocasión, el padrón alcanzó un total de 266 plataformas registradas. Entre las novedades del oficio 700-04-00-00-00-2025-060, publicado en el Diario Oficial de la Federación, destacan ocho nuevas incorporaciones, entre ellas la popular plataforma de comercio electrónico Temu. También se registraron dos bajas: Match.com Global y Match.com Latam.

Las nuevas plataformas, que incluyen sectores como software en la nube, IA legal, publicidad y hospedaje digital, deberán empezar a emitir comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) con IVA trasladado, cumpliendo con sus obligaciones fiscales mensualmente.

Para los consumidores mexicanos, este cambio significa que el impuesto aparecerá en los recibos o facturas al contratar estos servicios. En tanto, los contribuyentes que adquieran estos productos o servicios podrán deducir el gasto siempre que se integren correctamente…

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