Régimen Especial De Importación Temporal Para La Copa Mundial 2026

El SAT prevé una nueva regla para facilitar el ingreso temporal de mercancías usadas en la Copa Mundial 2026, incluyendo equipos, estructuras y material promocional, mediante formatos y aduanas autorizadas.

La nueva regla 4.2.21 permitirá autorizar y despachar mercancía temporalmente por las aduanas terrestres, aéreas o marítimas oportunas para el evento.

El SAT proyecta incorporar la regla 4.2.21 a las Reglas Generales de Comercio Exterior para habilitar un régimen especial de importación temporal aplicable a mercancías destinadas a la Copa Mundial de la FIFA 2026 y eventos relacionados. Esta medida se fundamenta en un Acuerdo Interinstitucional publicado el 6 de agosto de 2025 y ofrecerá certidumbre logística a organizadores, patrocinadores y proveedores, sin relajar el control fiscal.

Este régimen permitirá el ingreso controlado de equipos, estructuras, insumos promocionales y tecnología, siempre que las personas o empresas involucradas en la organización del evento obtengan autorización previa. La base legal la representan el artículo 106, fracción III, inciso b) de la Ley Aduanera y el artículo 156 de su Reglamento, que permiten la importación temporal sin pago de impuestos en eventos específicos. En términos prácticos, se trata de un carril aduanero excepcional y eficiente para que el equipo destinado al Mundial entre y salga en tiempo y forma.

Para acogerse al régimen, se debe presentar la ficha 146/LA (Anexo 2 de las RGCE) y, una vez autorizada, tramitar el despacho con el formato A10 para importación temporal según la regla 5.1.1, segundo párrafo, fracción I. El ingreso y salida de la mercancía solo…

Crea tu cuenta GRATIS para leer el contenido

¿Ya estás suscrito? Inicia Sesión

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *