A partir de la reforma laboral de 2021, la figura de subcontratación quedó restringida únicamente a servicios especializados o ejecución de obra especializada, siempre que no formen parte del objeto social ni de la actividad preponderante del contratante. Esta condición quedó estipulada en los artículos 12 y 13 de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo además como requisito indispensable el registro en el Padrón REPSE. La omisión de este registro por parte de un proveedor puede acarrear consecuencias fiscales como la no deducibilidad del gasto y el impedimento para acreditar el IVA, lo cual está alineado con las disposiciones fiscales vigentes.
La operación de las empresas bajo este esquema exige que quienes presten servicios especializados acrediten la naturaleza de sus actividades ante el SAT, IMSS e INFONAVIT, además de cumplir con la entrega oportuna de información mensual respecto a los contratos vigentes. Esto ha derivado en un entorno de supervisión más riguroso. Actualmente, las autoridades intensifican las auditorías enfocándose en verificar la legalidad de estas operaciones, con el objetivo de detectar simulaciones o esquemas que encubran subcontratación de personal prohibida. En caso de incumplimiento, las sanciones pueden incluir determinación de créditos fiscales, imposición de multas, cancelación del registro REPSE e…