A Partir Del 1 De Agosto De 2025, La DIOT Se Presentará Solo En Línea A Través De La Nueva Plataforma Del SATA partir del 1 de agosto de 2025, la DIOT deberá enviarse exclusivamente por medio de una nueva plataforma del SAT, que ya está disponible para declaraciones del ejercicio 2025 y anteriores.
El SAT busca facilitar el cumplimiento fiscal con una plataforma digital simplificada para la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, a partir del 1 de agosto de 2025, todas las personas físicas y morales obligadas a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) deberán hacerlo exclusivamente mediante una nueva plataforma digital, disponible en el sitio: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx.
Esta herramienta digital fue diseñada para mejorar la accesibilidad y la eficiencia del proceso de presentación. Entre sus funcionalidades destacan la capacidad de carga masiva a través de archivos .txt, la generación automática del acuse de recepción y una opción de captura manual para hasta 30 registros, ideal para contribuyentes con operaciones limitadas o que requieran complementar una carga previa.
La nueva plataforma ya está habilitada para recibir declaraciones correspondientes al ejercicio fiscal 2025, así como presentaciones extemporáneas de ejercicios 2024 y anteriores. Para usarla, es necesario contar con contraseña o e.firma, según el tipo de contribuyente.
Con esta medida, el SAT busca reforzar su política de digitalización y simplificación fiscal, eliminando la necesidad de acudir a oficinas físicas y reduciendo errores en el cumplimiento de esta obligación informativa. La facilidad para generar acuses y realizar reimpresiones también contribuye a una mejor trazabilidad de las declaraciones.
En caso de necesitar copias de acuses de ejercicios anteriores, el SAT mantiene habilitado el sitio: https://www.acuse.sat.gob.mx/ReimpresionInternet/REIMDefault.htm.





