El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) permite a los trabajadores asegurados o pensionados afiliar a sus parejas no casadas, conocidas como concubinas o concubinarios, bajo ciertas condiciones específicas. Esta medida asegura que las parejas no casadas puedan acceder a los beneficios del seguro social, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley del Seguro Social (LSS).
Para registrar a una concubina o concubinario ante el IMSS, se deben cumplir las siguientes condiciones: la pareja debe haber vivido junta en una relación similar al matrimonio durante al menos cinco años o, alternativamente, haber tenido un hijo juntos. Ambos deben estar solteros y el derechohabiente o pensionado no debe tener otras concubinas o concubinarios registrados.
El trámite de afiliación puede llevarse a cabo de manera presencial o en línea. Para realizarlo presencialmente, se requieren los siguientes documentos: la CURP original del asegurado, datos del solicitante o representante legal, una identificación oficial vigente, el Número de Seguridad Social (NSS) original, una copia certificada del acta de nacimiento, una fotografía tamaño infantil y un comprobante de domicilio original. Ambos miembros de la pareja deben acudir a la Unidad de Medicina Familiar correspondiente y presentar la documentación completa.
Afiliar a tu pareja…