El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) permite a los trabajadores asegurados o pensionados afiliar a sus parejas no casadas, conocidas como concubinas o concubinarios, bajo ciertas condiciones específicas. Esta medida asegura que las parejas no casadas puedan acceder a los beneficios del seguro social, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley del Seguro Social (LSS).
Para registrar a una concubina o concubinario ante el IMSS, se deben cumplir las siguientes condiciones: la pareja debe haber vivido junta en una relación similar al matrimonio durante al menos cinco años o, alternativamente, haber tenido un hijo juntos. Ambos deben estar solteros y el derechohabiente o pensionado no debe tener otras concubinas o concubinarios registrados.
El trámite de afiliación puede llevarse a cabo de manera presencial o en línea. Para realizarlo presencialmente, se requieren los siguientes documentos: la CURP original del asegurado, datos del solicitante o representante legal, una identificación oficial vigente, el Número de Seguridad Social (NSS) original, una copia certificada del acta de nacimiento, una fotografía tamaño infantil y un comprobante de domicilio original. Ambos miembros de la pareja deben acudir a la Unidad de Medicina Familiar correspondiente y presentar la documentación completa.
Afiliar a tu pareja no casada al IMSS les otorga acceso a diversos beneficios del seguro social, incluyendo servicios médicos, hospitalarios, farmacéuticos y, en su caso, prestaciones económicas. Esta facilidad busca fortalecer la protección social de las familias mexicanas, asegurando que más personas puedan acceder a servicios de salud y seguridad social, independientemente de su estado civil.
Para más información sobre este proceso, puedes visitar el sitio oficial del IMSS o acudir a tu Unidad de Medicina Familiar más cercana.
Copyright ©2024 Taxea. Todos los derechos reservados.