Cancelación de Facturas Sin Aceptación del Receptor: Reglas y Casos PermitidosEl Servicio de Administración Tributaria (SAT) permite cancelar Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) sin necesidad de obtener la aceptación del receptor en circunstancias específicas. Esta disposición, regulada en la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, tiene como objetivo facilitar las operaciones fiscales de los contribuyentes al simplificar la corrección de errores administrativos.
El SAT regula los casos en los que se puede cancelar un CFDI sin aceptación del receptor, facilitando las correcciones administrativas.

El SAT permite la cancelación de CFDI sin requerir la aceptación del receptor en escenarios definidos por la Regla 2.7.1.35 de la RMF. Estos casos abarcan situaciones específicas diseñadas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, especialmente en operaciones que requieren corrección o ajuste administrativo. Entre los supuestos permitidos se encuentran:
CFDI por montos menores o iguales a $1,000.
Esto aplica para operaciones de bajo valor, considerando su impacto reducido en la fiscalización.
Comprobantes relacionados con nómina.
Permite corregir errores en los pagos a trabajadores, siempre que se emitan los comprobantes complementarios.
Facturas de egresos.
Este caso aplica para registrar devoluciones, descuentos o bonificaciones realizadas a los clientes.
CFDI de traslado.
En operaciones de logística, permite ajustar comprobantes relacionados con el transporte de bienes.
Comprobantes emitidos a contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).
Facilita el cumplimiento a pequeños contribuyentes en este régimen especial.
CFDI relacionados con retenciones e información de pagos.
Permite ajustar comprobantes relacionados con retenciones fiscales.
Operaciones con el público en general (Regla 2.7.1.21).
Aplica cuando no se cuenta con la identificación del receptor.
Comprobantes expedidos a residentes en el extranjero (Regla 2.7.1.23).
Incluye las operaciones donde el receptor no es residente fiscal en México.
Cancelaciones realizadas dentro del día hábil siguiente a la emisión.
Permite corregir errores detectados en el corto plazo.
Operaciones relacionadas con actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
Esto aplica bajo las reglas específicas de las Secciones 2.7.3 y 2.7.4.1 de la RMF.
CFDI emitidos por instituciones financieras.
Aplica para ajustes relacionados con operaciones financieras.
Facturas emitidas por la Federación por derechos, productos o aprovechamientos.
Esto abarca operaciones relacionadas con ingresos federales.
Cuando un CFDI es cancelado y la operación subsiste, es obligatorio emitir un nuevo comprobante que sustituya al cancelado. Este nuevo CFDI debe cumplir con las disposiciones fiscales vigentes, asegurando que la operación esté correctamente reflejada. Según el Anexo 20 de la Guía de llenado de CFDI, este nuevo comprobante deberá relacionarse con el cancelado, indicando el motivo y justificando la sustitución.
El SAT busca con esta disposición evitar errores o inconsistencias en los comprobantes fiscales, pero su uso indebido podría derivar en sanciones administrativas. Por ello, los contribuyentes deben asegurarse de cumplir estrictamente con las normativas y evitar utilizar esta herramienta para evadir responsabilidades fiscales.
El correcto manejo de los CFDI en los términos establecidos por el SAT es esencial para mantener un historial fiscal limpio y evitar problemas legales. La cancelación de facturas sin aceptación del receptor es una facilidad diseñada para reducir la carga administrativa de las empresas, siempre y cuando se utilice de manera responsable.





