¡Cuidado Con El REPSE! Empresas Reciben Alertas Del SAT Sobre Proveedores Cancelados

El SAT ha enviado notificaciones a empresas sobre operaciones sin efectos fiscales debido a la cancelación de proveedores en el REPSE.

Empresas han recibido correos del SAT indicando que operaciones con ciertos proveedores no tendrán efectos fiscales.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha enviado notificaciones a diversas empresas advirtiendo que algunas de sus operaciones podrían no tener efectos fiscales debido a que los proveedores involucrados fueron dados de baja del Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). Esta situación ha generado preocupación entre los contribuyentes, ya que podría afectar la deducibilidad de ciertos gastos y el acreditamiento de impuestos.

Según los reportes, algunas empresas que recibieron estos correos no contrataron directamente servicios especializados, lo que genera dudas sobre la capacidad del SAT para diferenciar entre operaciones con REPSE y aquellas que no lo requieren. Esto sugiere que las notificaciones podrían ser resultado de un cruce masivo de información fiscal, sin considerar particularidades de cada transacción.

El SAT detecta estas operaciones mediante el cruce del RFC del proveedor con la base de datos del REPSE, la revisión de las claves de productos y servicios en los CFDI y el análisis de la descripción de los servicios facturados. Si un proveedor que anteriormente estaba registrado en el REPSE es dado de baja, cualquier operación registrada con él podría ser objeto de revisión fiscal y perder validez a efectos de deducción.

Para evitar problemas fiscales, las empresas deben verificar las facturas recibidas y comprobar el RFC de sus proveedores en el sitio oficial del REPSE (https://repse.stps.gob.mx), confirmar que el proveedor estaba activo al momento de la operación y conservar evidencia documental que respalde la relación comercial y la correcta aplicación de los beneficios fiscales.

En el caso de recibir una notificación del SAT, se recomienda presentar una aclaración a través del portal oficial, ingresando en “Trámites y servicios” > “Más trámites y servicios” > “Herramientas de cumplimiento” > “Presenta tu aclaración” y seleccionando la opción “Mensajes vigilancia profunda”. Esta acción permite una atención más rápida del caso y evita posibles sanciones.

El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que no pagar oportunamente los impuestos derivados de operaciones no deducibles puede generar multas, recargos e incluso la suspensión del Certificado de Sello Digital (CSD), lo que impediría la emisión de CFDI y afectaría la operación de la empresa.

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