El SAT No Introducirá Nuevos Impuestos en 2025: Ajustes en la Recaudación del IVAEl IVA en plataformas digitales no es un impuesto nuevo; lo que cambia en 2025 es la forma en que el SAT asegura su correcta retención y pago.
El IVA en plataformas digitales ya existía; lo que cambia es el mecanismo de retención a partir de 2025.

Recientes publicaciones han generado preocupación entre los consumidores mexicanos por la supuesta introducción de un nuevo impuesto del 16% aplicado a plataformas digitales como Amazon, Shein, AliExpress y Temu. Sin embargo, estas afirmaciones son incorrectas y han llevado a confusiones innecesarias. En realidad, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) ya existía para estas operaciones, y lo que cambia en 2025 es únicamente el mecanismo para asegurar su recaudación efectiva.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que las plataformas digitales ya están obligadas desde junio de 2020 a registrarse en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), con el propósito de retener y enterar el IVA correspondiente por las ventas de productos almacenados y vendidos en México. Este gravamen no es nuevo y ha estado vigente durante años como parte de las disposiciones fiscales del país.
Lo que cambia a partir del 1 de enero de 2025 es un ajuste dirigido a garantizar la recaudación del IVA en transacciones específicas. La Regla 12.2.10. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) establece que cuando un vendedor extranjero reciba los pagos de sus ventas en cuentas bancarias fuera de México, la plataforma digital actuará como agente retenedor del impuesto. Esto significa que la plataforma no transferirá el IVA al vendedor extranjero, sino que lo pagará directamente al SAT.
El objetivo de esta medida es evitar la evasión fiscal en las transacciones realizadas por vendedores internacionales que utilizan plataformas digitales como intermediarias. Este ajuste asegura que todas las operaciones generen la recaudación adecuada, fortaleciendo el marco fiscal en línea con los principios de equidad tributaria.
Es importante destacar que este cambio no afectará los precios de los productos adquiridos a través de estas plataformas, ya que el IVA ya estaba contemplado en las transacciones. Lo único que cambia es el procedimiento mediante el cual el impuesto es retenido y enterado al SAT, optimizando la transparencia y efectividad del proceso.
El SAT reafirmó que esta disposición no representa un nuevo gravamen, sino un mecanismo que busca mejorar la recaudación y garantizar el cumplimiento fiscal de las plataformas digitales y los vendedores que operan a través de ellas.
En un contexto donde el comercio electrónico sigue creciendo, esta medida representa un avance significativo en la modernización de la administración tributaria en México, asegurando que todas las partes involucradas cumplan con sus obligaciones fiscales.





