Fechas Límite Para Declaraciones Provisionales y Definitivas: Según Tu RFC

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) establece plazos diferenciados para la presentación de declaraciones provisionales y definitivas, según el sexto dígito numérico de tu RFC. Conoce las fechas límite y asegúrate de cumplir con tus obligaciones fiscales en tiempo y forma.

El sexto dígito de tu RFC determina la fecha límite para presentar tus declaraciones fiscales.

El cumplimiento de las declaraciones provisionales y definitivas de impuestos federales es una obligación fundamental para los contribuyentes. De acuerdo con el Capítulo 5 del Código Fiscal de la Federación, el Artículo 5.1 establece que aquellos contribuyentes que deben presentar declaraciones a más tardar el día 17 del mes siguiente al periodo declarado podrán extender su plazo de acuerdo con el sexto dígito numérico de su RFC. Esta facilidad permite que los contribuyentes presenten su declaración en fechas escalonadas, conforme a la siguiente distribución:

Sexto Dígito del RFCFecha Límite de Pago
1 y 2Día 17 más un día hábil
3 y 4Día 17 más dos días hábiles
5 y 6Día 17 más tres días hábiles
7 y 8Día 17 más cuatro días hábiles
9 y 0Día 17 más cinco días hábiles

Excepciones a la Aplicación del Beneficio

Es importante considerar que no todos los contribuyentes pueden acceder a esta facilidad. De acuerdo con el Artículo 5.1 del CFF, quedan excluidos los contribuyentes que opten por dictaminar sus estados financieros según el Artículo 32-A del CFF, los sujetos y entidades mencionados en el Artículo 20, Apartado B, del Reglamento Interior del

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