Infonavit Otorga Plazo Oficial a Patrones para Implementar Descuentos Salariales por Créditos

El Infonavit confirmó en el DOF que los patrones deberán aplicar los descuentos por créditos a partir del cuarto bimestre de 2025, incluso en casos de ausencias o incapacidades.

El aviso busca garantizar seguridad jurídica a patrones, acreditados y trabajadores ante la reciente reforma.

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) ha hecho oficial el plazo legal que se otorga a los patrones para implementar los cambios administrativos derivados de la reforma al artículo 29 de su Ley, publicada el pasado 21 de febrero de 2025 en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Esta reforma implica un ajuste sustancial en la manera en que se deben realizar los descuentos salariales destinados al pago de créditos otorgados por el Instituto, al establecer expresamente que dicha obligación no se suspende ni siquiera en caso de ausencias o incapacidades del trabajador, en términos de la Ley del Seguro Social.

Mediante aviso oficial publicado el 15 de mayo de 2025, el Infonavit, reconociendo el impacto operativo y jurídico de esta reforma, ha determinado que los patrones deberán aplicar estos nuevos lineamientos a partir del pago de salarios correspondiente al cuarto bimestre del año, es decir, julio y agosto de 2025, cuyo entero debe realizarse a más tardar el 17 de septiembre de 2025.

La razón de este periodo de adaptación radica en un principio constitucional fundamental: la protección de la confianza legítima. De acuerdo con…

Continúa leyendo este artículo con una suscripción

¿Ya estás suscrito? Inicia Sesión

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *