Una juez federal ha suspendido provisionalmente el primer juicio de amparo presentado contra la reforma a la Ley de Amparo, recientemente aprobada por el Congreso de la Unión. Esta reforma impide a los jueces frenar la entrada en vigor de leyes o modificaciones emitidas por el Poder Legislativo con efectos generales.
El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, a través de la Secretaría de Gobernación (Segob), solicitó a un tribunal federal desechar la demanda de amparo interpuesta por el abogado Luis Miguel Cano López contra dicha reforma. En respuesta, la juez Primero de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México, Minerva Herlinda Mendoza Cruz, ordenó la suspensión provisional de la tramitación del amparo. Cano López argumenta que la reforma afecta el derecho de sus representados a obtener suspensiones provisionales para evitar la aplicación de leyes generales con beneficios para todas las personas en territorio mexicano.
La juez citó el artículo 102 de la Ley de Amparo y la jurisprudencia P./J. 4/2012 para justificar la suspensión del procedimiento, señalando que la resolución podría causar un perjuicio irreparable a alguna de las partes involucradas.
En el recurso de queja presentado por la Segob, se argumenta que la juez no debió admitir a trámite la demanda de amparo, ya que la reforma aún no se aplica a Cano López ni a ninguno de sus representados, por lo que no existe un acto de aplicación que pueda vulnerar sus derechos humanos. La Segob añadió que, en caso de que la reforma sea aplicada a Cano López o a alguno de sus representados, podrían combatir esos actos mediante recursos de queja o revisión.
La Segob también destacó que solo de manera excepcional se puede combatir la Ley de Amparo y que en este caso no se cumplen los supuestos para controvertir…