La inmovilización de cuentas bancarias es una medida que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) utiliza para garantizar el cobro de créditos fiscales. Esta facultad, establecida en el artículo 156 Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF), permite al SAT restringir el acceso a los depósitos bancarios de los contribuyentes con adeudos fiscales. Sin embargo, no está explícitamente contemplado en la ley que deba notificarse previamente al contribuyente sobre el inicio de este procedimiento, lo que ha generado un amplio debate en torno a los derechos fundamentales de los contribuyentes.
En una reciente tesis publicada en octubre por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), con número de registro IX-P-2aS-411, se determinó que no es necesario notificar previamente al contribuyente antes de proceder con la inmovilización de sus cuentas bancarias. Según la tesis, la inmovilización no constituye un acto privativo que exija una audiencia previa, ya que el impacto jurídico principal en el patrimonio del contribuyente ocurre al momento de la determinación del crédito fiscal.
La tesis establece que la determinación del crédito fiscal es el acto que afecta directamente el patrimonio del contribuyente, siendo esta la etapa en…