Manifiesto Único de Carga Ferroviaria: Su Valor Probatorio en el Comercio Exterior

La información transmitida por transporte ferroviario en la Ventanilla Digital tiene valor probatorio pleno según la Ley Aduanera y las reglas de comercio exterior.

La transmisión digital de datos ferroviarios garantiza su validez y valor probatorio pleno en comercio exterior.

El Manifiesto Único de Carga Ferroviaria, establecido en la Ley Aduanera, constituye una herramienta fundamental para el comercio exterior. Conforme a los artículos 11 y 20, fracción VII, de esta ley, así como al artículo 33 de su Reglamento y la Regla 1.9.11 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2019 y 2020, las empresas concesionarias de transporte ferroviario están obligadas a transmitir, a través de la Ventanilla Digital, la información detallada de las mercancías que ingresan o salen del territorio nacional, junto con los datos del medio de transporte utilizado.

Además, los Lineamientos Técnicos para el Despacho de Mercancías de Comercio Exterior por Medio de Transporte Ferroviario especifican los procedimientos y las especificaciones tecnológicas que deben seguir tanto las empresas ferroviarias como los agentes aduanales, representantes legales acreditados y apoderados aduanales. Estas disposiciones aseguran que toda la información y documentación transmitida sea confiable y esté validada por medios electrónicos, como la firma electrónica avanzada, el sello digital o cualquier otro medio de identificación tecnológica reconocido.

De acuerdo con el artículo 6° de la Ley Aduanera, la información y documentación generada bajo estas condiciones tiene valor probatorio pleno. Esto significa que las autoridades aduaneras…

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