Nómina Pagada en Efectivo: Lo Laboral No Contradice Lo FiscalEl pago de sueldos en efectivo es válido laboralmente, y también puede ser deducible fiscalmente si se emite el CFDI de nómina correspondiente. Aquí te explicamos cómo convergen ambas normativas.
El CFDI es el puente entre el cumplimiento fiscal y la protección laboral en pagos en efectivo.

En el ámbito laboral, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece como regla general que el salario debe pagarse en efectivo y en moneda de curso legal, salvo que el trabajador consienta expresamente que el pago se realice mediante depósito o transferencia electrónica. Esta disposición busca garantizar que el trabajador reciba su pago de forma accesible, clara y segura, especialmente en regiones o sectores donde el sistema bancario aún tiene baja penetración. Es decir, el pago en efectivo no solo está permitido, sino que forma parte de las garantías mínimas laborales.
Desde el punto de vista fiscal, las reglas cambian. El artículo 27 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) señala que no serán deducibles los pagos en efectivo que excedan los $2,000 pesos, salvo ciertas excepciones. Entre estas se encuentra precisamente la nómina: de acuerdo con el Reglamento de la LISR, los sueldos pagados en efectivo son deducibles si existe un CFDI de nómina correctamente emitido, lo que permite rastrear el ingreso y validar su procedencia y destino. La clave está en la trazabilidad fiscal.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha reiterado que el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) actúa como la llave maestra para la deducción de sueldos, independientemente del medio físico en que se haya efectuado el pago. La autoridad fiscal no exige que el pago sea por transferencia bancaria o cheque para efectos de deducción, sino que exista un CFDI de nómina emitido conforme a los requisitos legales y fiscales.
En este sentido, no existe contradicción entre el marco laboral y el fiscal. La LFT protege al trabajador al priorizar el pago en efectivo, mientras que la LISR permite la deducción de dicho salario siempre que exista la documentación digital correcta. En la práctica, esto significa que los patrones pueden pagar en efectivo y aún así deducir ese gasto, siempre y cuando timbren correctamente el CFDI de nómina, incluyendo los conceptos, percepciones, deducciones y complementos exigidos por el SAT.
El cumplimiento correcto en ambas esferas no solo asegura deducibilidad fiscal, sino también certeza laboral y evita riesgos en auditorías. Por ello, se recomienda a los empleadores emitir siempre el CFDI de nómina correspondiente, sin importar el método físico de pago utilizado, para cumplir cabalmente tanto con la legislación laboral como con la fiscal.





