La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un criterio relevante para los litigantes en materia de amparo indirecto, especialmente cuando los jueces incumplen el plazo establecido para dictar sentencia. De acuerdo con este nuevo criterio jurisprudencial, los abogados podrán interponer un recurso de queja cuando, tras la presentación de un amparo indirecto, no se ha emitido una resolución dentro de los 90 días previstos por la ley.
El recurso de queja es un medio procesal que permite impugnar ciertas actuaciones u omisiones judiciales. En el contexto de esta jurisprudencia, cobra especial relevancia cuando el juez, que conoce de un amparo indirecto, no ha dictado sentencia en el plazo previsto por la ley. De acuerdo con el artículo 107 de la Constitución y el artículo 97 de la Ley de Amparo, los jueces están obligados a resolver los casos de amparo indirecto en un plazo de 90 días, contados desde la recepción de la demanda. No obstante, en la práctica, estos plazos se exceden con frecuencia, lo que genera incertidumbre para las partes.
Este nuevo criterio establece que, cuando se viola dicho plazo, los abogados pueden recurrir al recurso de queja, lo que obliga al juez a emitir la sentencia o justificar el retraso. Esta herramienta resulta muy útil para los litigantes que buscan asegurar una resolución oportuna para los casos de sus clientes.
El fundamento legal del recurso de queja se encuentra en los artículos 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 97 de la Ley de Amparo, los cuales regulan los plazos y procedimientos para dictar sentencia en casos de amparo indirecto. La jurisprudencia que valida el recurso refuerza la obligación de los jueces de respetar estos plazos procesales, proporcionando a los abogados una vía para impugnar…