Nuevo Criterio del IMSS Sobre Exclusiones de Premios de Asistencia y Puntualidad en el Salario Base de Cotización

El IMSS establece lineamientos más claros para la exclusión de premios de asistencia y puntualidad en el salario base de cotización, fomentando transparencia y cumplimiento.

El IMSS actualiza criterios para garantizar el correcto cálculo del salario base de cotización.

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha emitido el Criterio 03/2024/NV/SBC-LSS-27-VII, aprobado por el Consejo Técnico del IMSS, con el objetivo de orientar a los patrones sobre las exclusiones aplicables al salario base de cotización (SBC) en los conceptos de premios de asistencia y puntualidad. Este criterio responde a la necesidad de fomentar la transparencia y el cumplimiento de las obligaciones patronales, garantizando los derechos de los trabajadores en materia de seguridad social.

El cálculo correcto del SBC es fundamental para que los trabajadores disfruten de las prestaciones que la Ley del Seguro Social contempla. En este contexto, el criterio establece que los premios de asistencia y puntualidad podrán ser excluidos del SBC únicamente cuando cumplan con los requisitos señalados en el artículo 27, fracción VII, de la Ley del Seguro Social (LSS).

Estos premios, aunque no están regulados en la Ley Federal del Trabajo, son prestaciones laborales otorgadas de manera unilateral por los patrones para estimular la puntualidad y constancia de los trabajadores. Sin embargo, para que estas prestaciones puedan ser excluidas del SBC, deben cumplir con ciertos parámetros:

No exceder el 10% del SBC.

Estar respaldados por controles de asistencia y puntualidad que demuestren su naturaleza.

Estar debidamente registrados en la contabilidad del patrón.

En caso de que los premios superen el límite establecido o se otorguen sin cumplir con las condiciones específicas, deberán integrarse al SBC, actualizando las disposiciones del artículo 27 de la LSS.

El IMSS ha detectado prácticas indebidas donde algunos patrones etiquetan como premios de asistencia y puntualidad pagos que superan el límite permitido o que no cumplen con los requisitos legales. Estas prácticas representan una falta fiscal en materia de seguridad social, ya que implican beneficios económicos derivados de la relación laboral que deben formar parte del SBC.

El criterio también advierte sobre las responsabilidades de los contadores públicos autorizados y asesores fiscales, quienes podrían incurrir en irregularidades si emiten opiniones favorables para patrones que implementen estas prácticas.

Además, se cita la Tesis Jurisprudencial P./J. 86/98 (9a.), que avala las restricciones a premios de asistencia y puntualidad, confirmando que no son violatorias de los derechos constitucionales.

Con este nuevo criterio, el IMSS busca asegurar que los trabajadores reciban las prestaciones justas y completas, promoviendo un ambiente de cumplimiento y equidad. Los patrones que no respeten estas disposiciones enfrentan sanciones legales, además de poner en riesgo el acceso de los trabajadores a los beneficios de seguridad social.

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