Obligación De Emitir La Carta Porte Digital: Empresas, Transportistas Y Reglas Claves Del SAT

La Carta Porte Digital es un documento fiscal obligatorio en México para el traslado de bienes y mercancías. Conoce quiénes están obligados a emitirla y en qué casos se exenta su uso.

La Carta Porte Digital es obligatoria para el transporte de mercancías en México.

La Carta Porte Digital es un requisito fiscal establecido por el Código Fiscal de la Federación (CFF) para acreditar la legal posesión y traslado de bienes en el país. Conforme al Artículo 29 del CFF, el SAT regula sus características y define los sujetos obligados a emitirla mediante reglas específicas en la Resolución Miscelánea Fiscal.

De acuerdo con las reglas 2.7.7.1.1 y 2.7.7.1.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal, deben emitir la Carta Porte Digital:

Las empresas o personas que prestan servicios de transporte de bienes, quienes deben generar una factura electrónica de tipo ingreso con complemento Carta Porte (CCP). Los dueños de bienes o mercancías que los transportan con sus propios vehículos, debiendo generar una factura electrónica de tipo traslado con CCP. Los intermediarios o agentes de transporte que realicen traslados con vehículos propios, emitiendo una factura electrónica de tipo traslado con CCP. Si subcontratan el servicio de transporte, este último deberá generar la factura de tipo ingreso con CCP.

Existen casos en los que no se requiere la Carta Porte Digital. Si el vendedor no realiza el traslado de la mercancía, sino que el cliente la recoge directamente en sus instalaciones, o bien, el comprador contrata el servicio de transporte, la obligación de emitir la Carta Porte recae en quien realice el traslado. Asimismo, si el transporte es local y se realiza con vehículos de carga ligera (categoría menor a C2 según la NOM-012-SCT-2-2017) y no transita por carreteras federales más de 30 km, no es obligatorio generar este documento.

En los casos donde sí se requiere la Carta Porte Digital, el vendedor debe emitir una factura de traslado con CCP si transporta la mercancía con sus propios medios. En cambio, si contrata a un transportista, será este último quien deba emitir la factura de ingreso con CCP. Es fundamental que los vendedores documenten formalmente el punto de entrega, ya sea en contratos de venta o en las observaciones de la factura, para evidenciar ante el SAT que no existía obligación de emitir una Carta Porte.

El cumplimiento con esta normativa es esencial para evitar sanciones fiscales y asegurar la correcta documentación de los traslados de bienes. Es recomendable que las empresas revisen sus procesos internos, actualicen su documentación y verifiquen el cumplimiento de las disposiciones fiscales vigentes.

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