La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reafirmado y ampliado las obligaciones de las aseguradoras privadas en México con respecto a la protección de los derechos de los consumidores. La Primera Sala de la SCJN determinó que el artículo 28 de la Constitución Federal, que trata sobre la protección de los consumidores, también se aplica de manera explícita a las empresas que brindan servicios financieros, especialmente a las aseguradoras. Esta medida surge en un contexto donde la claridad y transparencia en los servicios de seguros es esencial para proteger los intereses y los derechos de los usuarios.
El párrafo tercero del artículo 28 de la Constitución Federal establece que la ley debe proteger a los consumidores y promover su organización para el mejor cuidado de sus intereses. En este sentido, la SCJN resalta que la protección al consumidor no es solo una norma general, sino un derecho fundamental que persigue la eliminación de asimetrías en el proceso de consumo, así como la defensa de los usuarios de servicios financieros. Por lo tanto, las aseguradoras, como entidades expertas en su actividad, tienen un papel crucial en garantizar que los consumidores reciban un trato justo y se beneficien de una oferta de servicios transparente y acorde a sus necesidades.
Las obligaciones específicas que las aseguradoras deben cumplir son:
En primer lugar, brindar información clara, completa y sencilla. Las aseguradoras deben proveer a sus clientes toda la información necesaria sobre el seguro que ofrecen, lo cual incluye detalles sobre los términos, las condiciones, exclusiones y cualquier otra cláusula relevante contenida en el contrato. Esto implica una comunicación efectiva, evitando tecnicismos excesivos que puedan llevar a la confusión. La transparencia es clave para que el cliente comprenda completamente el producto que está adquiriendo, lo que fortalece la relación contractual y evita…