Orden de Visita Domiciliaria del IMSS y Revisión de Dictámenes Financieros: Conexión Jurídica Confirmada

El Tribunal Colegiado reafirma que la visita domiciliaria del IMSS está vinculada al procedimiento de revisión de dictámenes financieros de contadores públicos certificados.

El IMSS vincula la visita domiciliaria con la revisión de dictámenes financieros, según lo confirma un Tribunal Colegiado.

El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito determinó que la orden de visita domiciliaria emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) está directamente vinculada con el procedimiento de revisión de los dictámenes financieros realizados por contadores públicos certificados. Esta decisión establece que, aunque sean procedimientos fiscalizadores distintos, ambos están interrelacionados dentro del marco legal.

De acuerdo con la jurisprudencia establecida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la tesis 2a./J. 19/2010, las etapas del procedimiento de comprobación son claras y secuenciales. En primer lugar, el IMSS, como organismo fiscal autónomo, tiene la facultad de ordenar visitas domiciliarias y solicitar documentación que permita comprobar el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social. Las empresas con más de 300 trabajadores promedio anual están obligadas a dictaminar sus estados financieros a través de un contador público autorizado. Aquellas que no cumplen este criterio también pueden optar por este procedimiento voluntariamente.

La revisión de un dictamen financiero genera una presunción de veracidad sobre la información presentada. Sin embargo, esta presunción puede ser cuestionada si el IMSS detecta irregularidades durante el proceso de revisión. En tales casos, el organismo notifica a la persona contadora y a la contribuyente, otorgándoles un plazo de quince días para presentar pruebas y argumentos en su defensa. Transcurrido este periodo, el IMSS puede emitir resoluciones que incluyan el ejercicio de facultades adicionales, como visitas domiciliarias.

El Tribunal aclaró que el plazo para iniciar una visita domiciliaria no es independiente del procedimiento de revisión de dictámenes, ya que ambas acciones están comprendidas dentro del proceso de comprobación fiscal. Esta vinculación asegura que cualquier irregularidad detectada en los dictámenes financieros pueda ser investigada exhaustivamente mediante los mecanismos previstos por la ley.

La relevancia de este criterio radica en que establece un marco jurídico claro sobre la relación entre las revisiones de dictámenes y las visitas domiciliarias. Esto proporciona certeza tanto para las empresas como para los contadores públicos certificados, al delimitar las facultades del IMSS y los derechos de los contribuyentes en estos procedimientos.

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