¿Puede El SAT Exigir Más Requisitos Para Obtener La e.Firma? La SCJN RespondeLa SCJN determinó que los requisitos de la ficha 197/CFF no violan el principio de legalidad y están dentro de las facultades del SAT.
La Corte avala los requisitos del SAT para otorgar la e.firma, confirmando su legalidad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que los requisitos establecidos en la ficha de trámite 197/CFF, contenida en la regla 2.2.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2021, no violan el principio de legalidad y están dentro de las facultades otorgadas al Servicio de Administración Tributaria (SAT).
El caso surgió cuando una persona moral impugnó los requisitos exigidos por el SAT para obtener el certificado de e.firma, argumentando que estos excedían lo dispuesto en el artículo 17-D del Código Fiscal de la Federación (CFF) y violaban los principios de reserva de ley y subordinación jerárquica. Según el quejoso, la autoridad fiscal no tenía la facultad de exigir documentos adicionales a los establecidos en la ley.
Sin embargo, la Segunda Sala de la SCJN determinó que el artículo 17-D del CFF contiene una cláusula habilitante que permite al SAT definir, mediante reglas de carácter general, los documentos y procedimientos para validar la información proporcionada por los contribuyentes en el proceso de obtención de la e.firma. En este sentido, la ficha de trámite no excede las facultades conferidas por la ley, sino que detalla y regula su aplicación dentro de los lineamientos normativos.
La SCJN concluyó que la exigencia de requisitos adicionales por parte del SAT no vulnera el principio de legalidad, pues la ley le otorga expresamente la facultad de definir las condiciones para la obtención de la e.firma. Además, la existencia de una regulación clara y detallada garantiza seguridad jurídica a los contribuyentes y evita interpretaciones discrecionales.
Con esta decisión, el SAT mantiene su facultad de establecer requisitos mediante la Resolución Miscelánea Fiscal, siempre que estos estén dentro del marco de la ley y sean razonables para garantizar la validez y seguridad del certificado de e.firma.





