En la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) incorporó el criterio normativo 4/CFF/NV titulado "Aplicación indebida de estímulos fiscales", incluido en el Anexo 3, el cual establece con claridad las situaciones que se consideran prácticas fiscales indebidas cuando se hace uso incorrecto de los beneficios fiscales otorgados por el Ejecutivo Federal.
Según dicho criterio, los estímulos fiscales son otorgados mediante decretos o resoluciones de carácter general, con el fin de apoyar sectores económicos específicos o mitigar los efectos de emergencias o crisis. No obstante, la autoridad detectó que diversos contribuyentes han abusado de estas disposiciones pretendiendo transferir dichos beneficios a terceros que no tienen derecho alguno a ellos.
La práctica denunciada consiste principalmente en que un contribuyente, bajo la figura de responsabilidad solidaria o cualquier otro acto jurídico, transfiere el monto de un estímulo fiscal a un tercero, quien lo utiliza para pagar contribuciones propias, retenidas o trasladadas, a pesar de no ser sujeto directo del estímulo.
El SAT considera esta conducta como una práctica fiscal indebida, y la misma puede tener implicaciones graves tanto para quien transfiere indebidamente el estímulo como para quien lo recibe y aplica.
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