El Servicio de Administración Tributaria corrigió recientemente un error en su plataforma que mostraba de manera incorrecta el día 17 de cada mes como la fecha límite para la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). Esta confusión generó incertidumbre entre los contribuyentes, ya que la Regla Miscelánea Fiscal 4.5.1, vigente desde 2021, establece que la fecha correcta es el último día del mes siguiente al periodo reportado.
El error en la plataforma provocó preocupaciones significativas para los contribuyentes, incluyendo la posibilidad de recibir opiniones negativas de cumplimiento fiscal, enfrentar multas por omisión involuntaria y sufrir bloqueos en operaciones comerciales debido a alertas de incumplimiento. Ahora que el plazo correcto ha sido restaurado, estos riesgos desaparecen. Con la corrección del error, el SAT confirma que la DIOT debe presentarse hasta el último día del mes siguiente al periodo declarado. Esto significa que para las operaciones de enero, por ejemplo, el plazo límite sería el 28 o 29 de febrero, dependiendo del año. Además, se asegura que las declaraciones presentadas dentro de este plazo no afectarán las opiniones de cumplimiento fiscal, y la plataforma ya no muestra información incorrecta sobre la…