SAT Reemplaza la Constancia Con Una Nueva Cédula Para Emitir Facturas en 2025La nueva Cédula de Datos Fiscales sustituye a la Constancia de Situación Fiscal como herramienta clave para emitir comprobantes en 2025. Es más simple, contiene un código QR y garantiza mayor seguridad de los datos.
El SAT introduce oficialmente una cédula simplificada que puede descargarse por internet o desde la app móvil, y que contiene los datos mínimos necesarios para emitir una factura.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementó un nuevo documento digital llamado Cédula de Datos Fiscales, el cual sustituye de manera práctica a la conocida Constancia de Situación Fiscal como fuente válida de información para la emisión de facturas electrónicas (CFDI). Esta nueva cédula contiene solamente el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), el nombre o razón social, el código postal y el régimen fiscal. Además, integra un código QR que permite validar los datos sin exponer información sensible del contribuyente.
Aunque el SAT siempre ha sostenido que la constancia no es un requisito obligatorio para facturar, en la práctica muchos negocios y profesionistas la solicitaban para evitar errores en la emisión de los CFDI. Con esta nueva cédula, ese proceso se simplifica, pues ahora los emisores pueden obtener la información necesaria sin necesidad de pedir documentos extensos o confidenciales.
La Cédula de Datos Fiscales ya aparece formalmente en la Regla 2.7.1.48 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, vinculada directamente al artículo 29-A del Código Fiscal de la Federación, el cual establece los requisitos para los comprobantes fiscales. Este cambio busca agilizar procesos y proteger la privacidad de los contribuyentes al proporcionar solo los datos indispensables.
Por otro lado, el SAT continúa promoviendo el Programa de Regularización Fiscal 2025, el cual ofrece beneficios para personas físicas y morales con ingresos menores a 35 millones de pesos anuales. Entre los estímulos destacan:
- Reducción del 100 % en multas, recargos y gastos de ejecución, incluso con agravantes.
- Suspensión automática del procedimiento administrativo de ejecución, sin necesidad de garantizar el interés fiscal.
- Opción de pago hasta en seis parcialidades cuando se trate de créditos fiscales firmes no impugnados.
Para incorporarse, se debe cumplir con ciertas condiciones, como no haber participado en programas de condonación anteriores (2000, 2007, 2013), no tener sentencia condenatoria por delitos fiscales, y no estar listado en los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF.
Las vías de acceso incluyen el portal del SAT, la Oficina Virtual, una cita presencial, el número de atención telefónica MarcaSAT, el Chat Uno a Uno o el servicio OrientaSAT. Esta iniciativa refuerza el acompañamiento institucional y alivia la carga administrativa, especialmente útil para quienes buscan mantenerse al corriente sin sanciones severas.





