SCJN Reafirma Legalidad De Sanciones Por Defraudación Fiscal Equiparada

La Suprema Corte confirma la constitucionalidad de las disposiciones del Código Fiscal de la Federación sobre defraudación fiscal, estableciendo precedentes clave.

La SCJN refuerza la constitucionalidad de las sanciones por defraudación fiscal equiparada.

En un fallo trascendental, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucionales las disposiciones del Código Fiscal de la Federación (CFF) relativas al delito de defraudación fiscal equiparada. Esta resolución se emitió en el contexto del Amparo en revisión 5478/2023, promovido por un individuo condenado a tres años de prisión por reportar ingresos acumulables menores a los reales en el ejercicio fiscal de 1998.

El delito de defraudación fiscal equiparada, previsto en el Artículo 109, fracción I, en relación con el Artículo 108, fracción III del CFF, sanciona con penas de tres a nueve años de prisión a quienes omitan declarar ingresos reales, siempre que el monto defraudado supere los 750 mil pesos. En este caso, el sentenciado alegó que las disposiciones eran inconstitucionales, argumentando que violaban principios de legalidad y proporcionalidad.

La SCJN analizó varios puntos clave para emitir su resolución. En primer lugar, concluyó que el Artículo 95, fracción II del CFF, que establece que solo son responsables de delitos fiscales quienes ejecuten directamente la conducta ilícita, no transgrede la prohibición de imponer penas a terceros. La sanción se limita exclusivamente a los responsables directos del delito, sin afectar…

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