Tercera Modificación A Las Reglas Generales De Comercio Exterior 2025: Cambios Clave Y Nuevos Requisitos

La reciente reforma a las RGCE 2025 incorpora ajustes en padrones, franquicias diplomáticas, depósito fiscal, exportación de artesanías y certificación de empresas, fortaleciendo la fiscalización y el cumplimiento normativo en comercio exterior.

Los nuevos lineamientos buscan fortalecer la trazabilidad y control de las operaciones de comercio exterior.

El 29 de mayo de 2025, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó la Tercera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025 y sus respectivos Anexos (1, 2, 4, 10, 22 y 29). Esta reforma actualiza y amplía diversas disposiciones que impactan directamente en la operativa aduanera y la vigilancia de actividades de comercio exterior.

Uno de los cambios más relevantes se encuentra en la Regla 1.3.3, que añade la fracción XLVIII como causal de suspensión en padrones. Esta disposición establece que cuando la mercancía destinada a depósito fiscal no llega al almacén dentro de 20 días naturales, la autoridad procederá a la suspensión, salvo casos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente acreditados.

La Regla 1.6.26 impone nuevas obligaciones a las instituciones financieras, que deberán presentar mensualmente avisos relacionados con cuentas aduaneras, conforme a la ficha de trámite 145/LA. Esta obligación entrará en vigor el 1 de julio de 2025, con la primera presentación en agosto, correspondiente a las operaciones de julio.

Respecto a las franquicias diplomáticas (Regla 3.3.2), se precisa que los trámites deben vincularse estrictamente con el Acuerdo de 2007, eliminando ambigüedades que podían…

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