Unidad de Medida y Actualización vs Salario Mínimo: Consecuencias en las Exenciones Fiscales

El Tribunal determinó que las exenciones fiscales sobre ingresos relacionados con herencias y retiros de cuentas de ahorro para el retiro deben calcularse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en lugar del salario mínimo, generando un impacto significativo en la carga fiscal de los contribuyentes.

El cambio a la UMA afecta directamente el cálculo de las exenciones fiscales, reduciendo los ingresos exentos comparados con el uso del salario mínimo.

La jurisprudencia reciente establece que las exenciones fiscales de los ingresos señalados en las fracciones IV y XIII del artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) deben calcularse utilizando la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en lugar del salario mínimo.

Este cambio impacta de manera significativa el monto de ingresos que los contribuyentes pueden exentar bajo ciertos conceptos, como herencias, legados y retiros de fondos de ahorro para el retiro. La decisión se fundamenta en la reforma constitucional de 2016, la cual desvinculó el salario mínimo de ser una referencia para el cálculo de multas, derechos, créditos y otras obligaciones financieras, y estableció a la UMA como la base de medida para estos fines.

La jurisprudencia aborda el conflicto que surge entre los contribuyentes que solicitaban devoluciones fiscales por ingresos exentos, esperando que estas se calcularan en función del salario mínimo. Sin embargo, las autoridades fiscales aplicaron la UMA conforme a los lineamientos establecidos en la reforma constitucional, lo que derivó en controversias y en solicitudes de nulidad por parte de varios contribuyentes.

En concreto, la fracción IV del artículo 93 de la LISR exenta los ingresos obtenidos a través de herencias o legados, mientras que la fracción XIII cubre los ingresos derivados de retiros de cuentas de ahorro para el retiro, incluyendo aquellos fondos relacionados con la cesantía en edad avanzada y vejez. Ambas exenciones buscan fomentar el ahorro y la planificación financiera a largo plazo, pero la diferencia entre el valor de la UMA y el salario mínimo ha generado que los contribuyentes vean reducida la cantidad exenta, lo que a su vez incrementa la carga fiscal.

El Tribunal determinó que la UMA, no el salario mínimo, debe ser el parámetro para calcular las exenciones, ya que la Constitución prohíbe el uso del salario mínimo para fines no laborales. Esta medida, establecida en el artículo 123 de la Constitución, busca proteger el valor del salario mínimo en las relaciones laborales, evitando su erosión como una unidad de medida económica. Sin embargo, esto tiene como consecuencia una disminución en los márgenes de las exenciones fiscales.

En términos prácticos, la UMA tiene un valor significativamente menor que el salario mínimo (108.57 pesos frente a 248.93 pesos diarios en 2024), lo que reduce el límite de ingresos exentos y, por ende, aumenta la base gravable de algunos contribuyentes. Esto significa que los ingresos que antes estaban exentos bajo el salario mínimo ahora están sujetos a impuestos bajo la referencia de la UMA, lo que incrementa las obligaciones fiscales para quienes dependen de estas exenciones.

Este fallo subraya las complejidades del sistema fiscal y el desafío de equilibrar la protección del salario mínimo con el derecho de los contribuyentes a acceder a exenciones fiscales justas. El uso de la UMA, en lugar del salario mínimo, responde a las metas constitucionales, pero crea un reto adicional para los contribuyentes que buscan reducir su carga fiscal mediante las exenciones permitidas por la ley.


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