Resolución Judicial Establece Que No Es Sancionable Emitir CFDI al Público General Sin Cumplir RequisitosUn fallo del Pleno del Decimocuarto Circuito redefine los criterios para sancionar la emisión de facturas electrónicas, destacando la importancia de una aplicación estricta de la ley fiscal.
La decisión del Pleno subraya la distinción entre las obligaciones fiscales para clientes específicos y público general.

El Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), comúnmente conocido como factura electrónica, es una herramienta que permite registrar las transacciones realizadas con consumidores finales que no proporcionan información fiscal como el RFC o no requieren una factura nominativa. Este sistema ha sido fundamental en la regulación de las actividades económicas, pero recientemente se convirtió en objeto de un debate legal.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) informó sobre una disputa jurídica que surgió entre dos Tribunales Colegiados del Decimocuarto Circuito. El eje de la controversia era determinar si emitir un CFDI dirigido al público en general sin cumplir ciertos requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación (CFF) podía considerarse como una infracción sujeta a sanción bajo el Artículo 83, fracción VII.
El Pleno del Decimocuarto Circuito resolvió que, según la interpretación legal, esta acción no constituye una falta sancionable. La razón principal es la clara distinción que establece la normativa fiscal entre las operaciones realizadas con clientes identificados y aquellas dirigidas a consumidores finales. Este criterio legal establece que aplicar sanciones previstas para transacciones con clientes específicos al público en general sería incorrecto y contrario a los principios legales fundamentales.
Principios legales aplicados:
El fallo del Pleno destacó la relevancia de los principios de tipicidad y aplicación estricta de la ley, como lo disponen los artículos 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 5 del Código Fiscal de la Federación. Estos principios garantizan que ninguna acción puede ser considerada ilegal o sancionada si no está claramente descrita como tal en la ley.
Relevancia de la resolución:
Aunque el fallo se emitió en noviembre de 2022, continúa siendo un punto de referencia para la interpretación y aplicación de las normativas fiscales. La decisión refuerza la importancia de mantener un marco legal claro y preciso, evitando interpretaciones extensivas que puedan generar inseguridad jurídica para los contribuyentes. Asimismo, proporciona una guía práctica para las empresas que realizan operaciones con consumidores finales y que necesitan cumplir con las disposiciones fiscales sin temor a sanciones arbitrarias.





