Casos en los Que Una Persona Física Puede No Presentar Declaración Anual del ISR

La Ley del Impuesto sobre la Renta contempla situaciones específicas en las que ciertas personas físicas no están obligadas a presentar su declaración anual. Aquí te explicamos cuáles son y bajo qué condiciones aplican.

Existen límites de ingresos y condiciones que permiten omitir la declaración anual sin incumplir la ley.

En el marco de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), existen disposiciones que permiten a ciertos contribuyentes personas físicas optar por no presentar su declaración anual del ejercicio fiscal, siempre que se cumplan ciertos requisitos específicos. El artículo 150 de la LISR establece que aquellos cuyos ingresos provengan exclusivamente de sueldos y salarios, así como de intereses, podrán no presentar dicha declaración si sus ingresos anuales no exceden de $400,000 MXN y si, en el caso de los intereses, estos no superan los $100,000 MXN anuales como monto real. Además, es requisito indispensable que se les haya aplicado la correspondiente retención de ISR, lo que implica que el impuesto ya fue cubierto por medio de su empleador o de la institución financiera que generó el ingreso.

Este beneficio no constituye una exención al cumplimiento, sino una opción de simplificación administrativa dirigida a personas físicas con ingresos bajos o moderados, que ya han cumplido indirectamente con su obligación tributaria a través de retenciones. El propósito de esta medida es facilitar la carga fiscal y reducir la burocracia, cuando no existe un saldo a cargo o saldo a favor que justifique la declaración.

Por su parte, el artículo 135 de la misma ley establece una segunda opción para los ingresos derivados exclusivamente de intereses que no excedan los $100,000 MXN. En estos casos, la retención efectuada por la institución financiera puede considerarse como pago definitivo, siempre que corresponda al ejercicio fiscal en curso. Esta opción también elimina la obligación de presentar la declaración, aunque se permite hacerlo voluntariamente si el contribuyente tiene un saldo a favor que desee solicitar en devolución.

La legislación actual ofrece alternativas claras para que ciertos contribuyentes no estén obligados a presentar su declaración anual, siempre que sus ingresos estén dentro de los parámetros legales y hayan sido debidamente retenidos. Esta medida ayuda a mantener la simplificación fiscal y evita trámites innecesarios para personas con ingresos bajos y sin deducciones adicionales relevantes.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *