Amparo Indirecto Procede Contra Declinación De Competencia En Casos De Violencia Familiar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que en asuntos donde se alegue violencia familiar, es procedente el amparo indirecto contra la declinación de competencia de un órgano jurisdiccional, incluso antes de que la autoridad competente se pronuncie al respecto.

El acceso a la justicia debe garantizarse a mujeres y menores víctimas de violencia familiar.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el juicio de amparo indirecto es procedente en casos donde se haya declinado la competencia en un asunto de violencia familiar, incluso si la autoridad que recibe el caso aún no se ha pronunciado. Este criterio, publicado en el Semanario Judicial de la Federación el 7 de febrero de 2025, busca evitar obstáculos procesales que puedan afectar el acceso a la justicia de mujeres y menores de edad en situaciones de vulnerabilidad.

El caso se originó cuando una mujer denunció penalmente a su expareja y promovió un juicio familiar en su contra. En respuesta, el demandado presentó una excepción de incompetencia por declinatoria, la cual fue aceptada por un tribunal de alzada, ordenando remitir el caso a un juzgado en otra entidad federativa. La mujer, en representación propia y de su hija menor de edad, promovió un juicio de amparo indirecto argumentando que, debido a la violencia ejercida por su expareja, había tenido que cambiar de domicilio en repetidas ocasiones.

Inicialmente, el juzgado de distrito desechó la demanda bajo el argumento de que el acto reclamado no era de imposible reparación y que la afectación solo se materializaría cuando el órgano que recibió la competencia se pronunciara. Sin embargo, la SCJN determinó que en casos de violencia familiar, la afectación se genera desde la emisión del acto de declinación de competencia, pues existe el riesgo de que el juicio se tramite en la entidad donde reside la persona señalada como agresor.

ConceptoCriterio de la SCJN
Amparo contra declinación de competencia en casos ordinariosProcede solo cuando el nuevo órgano acepta la competencia.
Amparo contra declinación en casos de violencia familiarProcede de inmediato para evitar afectaciones a la víctima.
FundamentoInterés superior del menor y perspectiva de género.

La SCJN enfatizó que la aplicación estricta de las reglas procesales de competencia en casos de violencia familiar puede generar un impacto diferenciado en las víctimas, obstaculizando su acceso a la justicia. En este sentido, resolvió que el juicio de amparo indirecto debe admitirse sin esperar a que la autoridad que recibe la competencia tome una decisión formal.

Este criterio se basa en el principio de tutela jurisdiccional efectiva y en el derecho de acceso a la justicia, establecidos en el artículo 17 constitucional, así como en el interés superior del menor. Además, se reconoció que la violencia familiar puede inferirse de los hechos narrados en la demanda de amparo, sin que sea necesario un análisis exhaustivo dentro del propio juicio de garantías.

Con esta decisión, la SCJN refuerza la protección de mujeres y menores en procesos judiciales, eliminando barreras que pudieran poner en riesgo su seguridad. La jurisprudencia publicada establece que a partir del 10 de febrero de 2025, este criterio será de aplicación obligatoria para todos los tribunales del país.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *