Estos Son Los Montos Máximos En Efectivo Para Actividades Vulnerables Bajo La Nueva Ley Antilavado

A partir del 17 de julio de 2025, entró en vigor la reforma a la Ley Antilavado que refuerza la trazabilidad de operaciones económicas, impone nuevas obligaciones a las empresas y ratifica los límites permitidos para pagos en efectivo según el tipo de actividad vulnerable.

Estos límites en efectivo aplican a actividades consideradas vulnerables y su incumplimiento puede derivar en sanciones administrativas.

Con la entrada en vigor de la reforma a la Ley Antilavado publicada el 16 de julio de 2025 y vigente desde el día siguiente, el marco jurídico mexicano se ajusta para combatir con mayor fuerza el financiamiento al terrorismo, al mismo nivel que el lavado de dinero. Esta modificación responde a compromisos internacionales y presiones externas, principalmente de Estados Unidos, para fortalecer los mecanismos de identificación y control financiero.

    Entre los cambios más relevantes, se redefine el umbral del Beneficiario Controlador, bajando de 50 % a 25 % de participación o control, y se le equipara con los conceptos de beneficiario final y propietario real. Se incorpora además la categoría de Persona Políticamente Expuesta con obligaciones reforzadas de monitoreo, y se crea la figura del Representante Encargado del Cumplimiento, con independencia funcional y capacitación obligatoria anual.

    Las actividades vulnerables también se amplían para incluir operaciones con activos virtuales realizadas desde el extranjero por mexicanos, desarrollos inmobiliarios desde la captación de recursos, y transacciones a través de fideicomisos.

    Las empresas sujetas a esta ley deberán identificar a sus clientes, usuarios y beneficiarios, conservar registros por al menos 10 años, implementar auditorías periódicas, contar con sistemas automáticos de monitoreo, crear manuales internos de alto riesgo y proteger la identidad de sus oficiales de cumplimiento.

    La Secretaría de Hacienda podrá eximir de sanciones a quienes reconozcan voluntariamente incumplimientos antes de una auditoría. De no hacerlo, las multas podrían alcanzar hasta 10,000 UMA diarias, equivalentes a poco más de $1.1 millones de pesos.

    Como parte de esta nueva etapa, se ratifican los límites permitidos para pagos en efectivo, según el tipo de actividad, a fin de reforzar la trazabilidad de las operaciones económicas. A continuación puedes consultar los montos máximos permitidos:

    ActividadLímite en UMALímite en pesos
    Compraventa de inmuebles8,025 UMA$307,948.50
    Compra de vehículos (terrestres, marítimos, aéreos)3,210 UMA$363,179.40 / $181,589.70
    Joyería, relojes, metales preciosos, obras de arte1,605 a 4,815 UMA$181,589.70 a $544,769.10
    Juegos con apuesta, sorteos, concursos645 UMA$72,975.30
    Servicios de blindaje4,815 UMA$544,769.10
    Arrendamiento de inmuebles o vehículos3,210 UMA$363,179.40
    Operaciones con activos virtuales645 UMA$72,975.30
    Donativos en efectivo3,210 UMA$363,179.40

    Esta reforma implica una transformación significativa en la cultura empresarial mexicana. Las organizaciones deben evaluar de inmediato si realizan actividades vulnerables, revisar sus políticas internas, adoptar soluciones tecnológicas y capacitar a su personal. El cumplimiento no es solo legal, sino estratégico para preservar la reputación corporativa y mitigar riesgos regulatorios.

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