Fiscalidad de las Maquiladoras en México: IVA, ISR y Obligaciones ClaveLas maquiladoras operan bajo un régimen fiscal especial. A continuación te explicamos las principales implicaciones en IVA, ISR y sus obligaciones contables.
Las maquiladoras disfrutan beneficios fiscales, pero también tienen obligaciones estrictas.

Desde el punto de vista tributario, las maquiladoras están sujetas principalmente al Impuesto sobre la Renta (ISR) y al Impuesto al Valor Agregado (IVA). En materia de ISR, operan bajo reglas especiales de precios de transferencia que buscan evitar la doble tributación internacional. Estas reglas permiten reportar una utilidad fiscal mínima y, al mismo tiempo, evitan que el inversionista extranjero genere un establecimiento permanente en México. La tasa de ISR es del 30% y se calcula con base en el mecanismo conocido como “safe harbor”.
Respecto al IVA, el programa IMMEX permite a las maquiladoras importar insumos temporalmente sin pagar IVA en aduana, siempre que cuenten con la certificación IVA/IEPS. Esto mejora su flujo de efectivo, pero también las obliga a llevar un control riguroso de inventarios y exportaciones. Dado que sus ventas de exportación están gravadas a tasa 0%, las maquiladoras suelen tener saldos a favor de IVA por el acreditamiento de insumos nacionales, mismos que pueden solicitar en devolución.
El Programa IMMEX se obtiene mediante solicitud ante la Secretaría de Economía. Requiere ser persona moral, contar con instalaciones productivas y demostrar un proyecto viable de exportación. Posteriormente, la empresa debe tramitar la certificación IVA/IEPS ante el SAT.
Para el cálculo del ISR bajo el safe harbor, se debe determinar el 6.5% sobre costos y gastos y el 6.9% sobre activos utilizados. La mayor de ambas cifras se considera la utilidad mínima sobre la que se aplica el 30% de ISR. Por ejemplo, si los costos suman 100 millones y los activos 50 millones, se toma como base mínima 6.5 millones.
En cuanto a obligaciones contables, las maquiladoras deben llevar un inventario permanente de insumos y productos vinculados al programa IMMEX, mediante sistemas autorizados por la autoridad (Anexo 24). Si también realizan ventas nacionales, deben llevar registros separados para evitar mezclas indebidas de ingresos. Deben conservar la documentación de importaciones y exportaciones por al menos cinco años.
Las empresas también deben cumplir con obligaciones locales como el impuesto sobre nóminas y las cuotas de seguridad social. Algunas optan por presentar dictámenes fiscales voluntarios para acceder a beneficios o demostrar cumplimiento.





