La Suprema Corte Invalida Disposiciones De Leyes De Hacienda En Municipios De Yucatán

La SCJN declara inconstitucionales cobros por copias y certificaciones en Conkal, Kanasín y Tixpéual, al violar principios tributarios.

La SCJN protege el derecho de acceso a la información al invalidar disposiciones desproporcionadas.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió invalidar diversas disposiciones de las Leyes de Hacienda de los municipios de Conkal, Kanasín y Tixpéual en el estado de Yucatán, correspondientes al ejercicio fiscal 2024. Estas disposiciones habían sido impugnadas por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) al considerar que violaban principios fundamentales de proporcionalidad tributaria.

La controversia se centró en los cobros por la expedición de copias simples y certificadas de documentos, cuando estos no estaban relacionados con el derecho de acceso a la información pública. La Corte determinó que dichas disposiciones eran desproporcionadas, dado que la certificación de documentos es una actividad inherente a las funciones de los servidores públicos y no debe generar costos adicionales o fines de lucro para los municipios.

Asimismo, los montos cobrados por las copias carecían de una relación razonable entre el costo real de los materiales y las tarifas impuestas. Esto fue considerado una violación al principio de proporcionalidad tributaria, que exige que los impuestos y contribuciones sean equitativos y justificados.

En su resolución, la Corte exhortó al Congreso de Yucatán a evitar futuros actos legislativos con los mismos vicios de inconstitucionalidad. Los efectos de esta decisión comenzarán una vez que los puntos resolutivos sean notificados tanto al órgano legislativo como a los municipios involucrados, quienes son los responsables de aplicar las disposiciones invalidadas.

La acción de inconstitucionalidad fue promovida bajo el expediente 49/2024 por la CNDH, con base en disposiciones publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Yucatán el 29 de diciembre de 2023 mediante el Decreto 711/2023. La resolución estuvo a cargo del Ministro Javier Laynez Potisek, con el secretario Andrés González Watty.

La sentencia refuerza el compromiso de la SCJN con la protección de los derechos fundamentales, asegurando que los cobros municipales cumplan con principios de legalidad y equidad.

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