Los créditos respaldados, también conocidos como back to back, son un tipo de financiamiento en el que una persona o empresa proporciona a otra un préstamo o crédito, y esta, a su vez, establece un depósito o garantía equivalente al monto prestado, ya sea en efectivo o en valores. Este tipo de estructura permite que la parte que otorga el crédito tenga un respaldo directo del monto financiado, minimizando el riesgo de incumplimiento. Aunque estos acuerdos son legítimos, la legislación fiscal mexicana establece regulaciones específicas para evitar su mal uso en esquemas de evasión fiscal.
El Artículo 11 del Código Fiscal de la Federación (CFF) regula los créditos respaldados o back to back, estableciendo que cuando una persona física o moral obtiene financiamiento y, simultáneamente, realiza un depósito o una inversión equivalente para respaldar la operación, el SAT podrá considerar esta estructura como una simulación de capitalización, y, por lo tanto, sujeta a imposición fiscal como si se tratara de una aportación de capital. Esta disposición tiene el objetivo de evitar que los créditos back to back se usen para reducir indebidamente la base del impuesto, ya que, al tratarse de una garantía equivalente, no existe un riesgo genuino…