Requisitos Para Deducir La Renta De Autos Y Evitar Errores Fiscales

Desde 2014, el SAT establece un monto máximo diario deducible por renta de vehículos. Este artículo explica las reglas aplicables, las excepciones y las mejores prácticas para documentar el gasto conforme a la Ley del ISR.

El límite general para deducción por renta de vehículos a gasolina es de $200 diarios, mientras que para autos eléctricos, híbridos o de hidrógeno asciende a $285.

Desde el 1 de enero de 2014, el monto máximo deducible por la renta de vehículos en México se encuentra regulado exclusivamente por la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), tras la eliminación del decreto presidencial anterior que permitía un límite más alto. El artículo 36, fracción II, de dicha ley establece que únicamente serán deducibles los pagos por concepto de arrendamiento de automóviles hasta por un monto de $200 diarios. Este mismo artículo, en su segundo párrafo, introduce una excepción para vehículos que funcionen con energía eléctrica, híbridos o que utilicen hidrógeno, permitiendo deducir hasta $285 diarios por estos conceptos.

Adicionalmente, cuando el arrendamiento se realice con motivo de un viaje de trabajo, ya sea dentro del país o al extranjero, el artículo 28, fracción XIII de la LISR, junto con la regla 3.3.1.5. de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, permiten deducir hasta $850 diarios, siempre y cuando se justifique que el gasto está vinculado al viaje mediante comprobantes como la factura de hospedaje o transporte. Es indispensable que la renta del vehículo se documente con un CFDI a nombre del contribuyente y que esté claramente identificado como “renta de automóvil”.

En el caso de las empresas dedicadas al arrendamiento de automóviles, la LISR establece una excepción al límite general de deducción. Estas entidades no están sujetas a los topes de $200 o $285, siempre que los vehículos arrendados se utilicen exclusivamente para ese fin durante todo el periodo de uso o goce por parte del cliente. Para beneficiarse de esta excepción, la empresa deberá conservar evidencia documental suficiente y clara que respalde el uso exclusivo del bien.

Desde una perspectiva práctica y de cumplimiento, es esencial que los contribuyentes implementen políticas internas que regulen la renta de automóviles, con especial atención a los límites legales. También se recomienda mantener un registro detallado de los gastos, conservar todas las facturas digitales correspondientes, y documentar el motivo del viaje o actividad empresarial que justifique la erogación. Esto adquiere particular relevancia durante auditorías fiscales, ya que la omisión de estos requisitos puede ocasionar la no deducción del gasto y generar ajustes o sanciones por parte del SAT.

En suma, conocer y aplicar correctamente las disposiciones del artículo 36 de la LISR permite aprovechar las deducciones fiscales autorizadas, sin exceder los límites y evitando contingencias tributarias derivadas de errores en la documentación del gasto por arrendamiento de vehículos.

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